Los propietarios de viviendas y negocios colocan toda clase de objetos para cerrar la calle sin que las autoridades se preocupen
En la sociedad dominicana existe una extendida confusión sobre los derechos que tienen los propietarios de viviendas y negocios respecto a la calle y la acera frente a sus propiedades.Muchos creen que ese espacio les pertenece y se sienten en libertad de impedir que otros se estacionen, colocando conos, bloques de concreto, tubos metálicos u otros obstáculos. También es frecuente la ocupación de este espacio público para construir galerÃas, ampliar marquesinas o instalar letreros sin autorización, ante la mirada indiferente de las autoridades.
En los barrios, son comunes los conflictos entre vecinos por la negativa de algunos a permitir el estacionamiento frente a su propiedad, ya sea para reservar el espacio a su propio vehÃculo o simplemente porque no quieren que le obstruyan la vista.
Sin embargo, ninguna ley u ordenanza concede derechos especiales sobre las calles o aceras a quienes residen frente a ellas. El derecho individual termina en el lÃmite de la propiedad privada, y cualquier aspiración a tener estacionamientos exclusivos debe resolverse dentro del solar correspondiente.
La Digesset y el ayuntamientoLa Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett) tiene la responsabilidad de evitar obstrucciones en la vÃa pública, mientras que a los ayuntamientos les corresponde velar por el uso adecuado de las aceras. La Ley 176-07 faculta a los cabildos para dictar ordenanzas sobre tránsito y estacionamiento.
Esta ley también califica como infracción muy grave el impedir que otra persona utilice un espacio público o deteriorarlo, con multas que oscilan entre cinco y 100 salarios mÃnimos.
La Ordenanza 1/2021, del Ayuntamiento del Distrito Nacional (ADN), prohÃbe toda forma de obstaculización, estrechamiento, fragmentación o modificación de aceras frente a propiedades. El objetivo es garantizar un recorrido peatonal seguro y continuo.
José Sanz, director de DefensorÃa y Uso de Espacios Públicos del ADN, afirma que su departamento trabaja a diario retirando obstáculos y responde prioritariamente a denuncias ciudadanas.
"Les damos prioridad a las personas que presentan una queja, porque son situaciones más apremiantes que las que encontramos al pasar", aclara.
La Ley 63-17, sobre Movilidad, transporte terrestre, tránsito y seguridad vial, prohÃbe el estacionamiento solo frente a entradas de garajes y accesos a templos religiosos, escuelas, cines, teatros, hospitales, bancos, estaciones de combustible y lugares donde se celebren actos públicos.
Asimismo, el artÃculo 144 de esa ley prohÃbe arrojar "desechos y otras materias análogas" en la vÃa pública, sancionando esta práctica con el pago de un salario mÃnimo del sector público.
En el caso de zonas para carga y descarga, los conductores deben respetarlas, pero estas deben estar debidamente establecidas por el ayuntamiento, mediante señalización oficial.
Justificaciones
Un ejemplo entre cientos se encuentra en la avenida Barney Morgan (La Central), entre los sectores 24 de Abril y ensanche Espaillat, en el Distrito Nacional, donde encontrar un espacio libre resulta casi imposible. Casi todos los comercios bloquean su frente con diversos obstáculos.
Uno de ellos es Moli Muebles, donde se colocan tres conos para impedir el estacionamiento a lo largo de toda la fachada. Su encargada, Inocencia Coste, afirma que nunca han recibido la visita de ninguna autoridad para abordar el tema.
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