Al menos 11 legisladores acumularon cinco o más sesiones consecutivas con excusas sin que conste su ponderación por el Consejo de Disciplina.
Durante la legislatura que concluyó el pasado 26 de julio, las ausencias de los diputados a las sesiones de la Cámara no solo se acumularon, sino que en varios casos formaron largas rachas de inasistencias consecutivas registradas con excusa, pese a que el reglamento del órgano congresual establece un procedimiento especÃfico cuando éstas alcanzan la cuarta consecutiva.
Una revisión hecha por Diario Libre a los registros de asistencia correspondientes al perÃodo comprendido entre el 27 de febrero y el 24 de julio de este 2026 identificó 37 sesiones registradas, en las que se contabilizaron las ausencias de los legisladores.
El conteo coloca a Aquiles Leonel Ledesma como el diputado con mayor cantidad de ausencias, con 32, seguido por Norberto RodrÃguez, con 15; Jacobo Ramos y Mery Antonia Mercado, con 13 cada uno y Carlos José Gil, con 12.
Pero el principal hallazgo está en las rachas de ausencias con excusa. Ledesma, además de encabezar el número total de inasistencias, acumuló una secuencia de 11 sesiones consecutivas a las que no asistió y presentó excusa, mientras que Mery Antonia Mercado registró otra de las más prolongadas, con nueve sesiones consecutivas presentando excusas.
Lo que dice el reglamento
El Reglamento de la Cámara de Diputados establece que, a partir de la cuarta excusa consecutiva, estas deben ser remitidas al Consejo de Disciplina para su ponderación, validación y posible sanción.
Durante las sesiones, la Cámara Baja se limita a identificar a los legisladores que presentaron excusas, pero las razones especÃficas de esas ausencias no son detalladas durante el pase de lista, por lo que el registro permite determinar cuáles ausencias fueron consignadas con excusa, pero no establece el motivo de cada una.
El reglamento también establece, en su artÃculo 59, que la asistencia de los diputados a las sesiones del Pleno es obligatoria y que los congresistas deben registrar una asistencia mayor o igual al 80 % de los encuentros.
Cuando un legislador no asiste por una circunstancia que justifique su ausencia, debe notificarlo a la Presidencia por medio de la SecretarÃa General Legislativa. Si no existe constancia de ese aviso, la ausencia se considera injustificada.
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